Proyectos de ley en trámite en el Congreso de la Republica:
Un común denominador es la pretensión de modificar la Ley 2ª de 1959, aplicar con sustracción o sin ella, modificaciones a las Reservas Forestales, hacerlas más productivas para el campesinado. ¿Es esto suficiente para dinamizar la economía forestal?, ¿están leyendo estos proyectos aquello que debería articular la oferta, la demanda y las capacidades de los diferentes actores del ecosistema?
Consulta el siguiente material:
| PROYECTO DE LEY | AUTOR | OBJETO | ¿PROPONE RE ALINDERAR RESERVAS FORESTALES DE LEY 2DA? | Link a proyectos |
| PL 058 de 2025 «POR MEDIO DE LA CUAL SE HABILITA LA ADJUDICACIÓN DE TIERRAS BALDÍAS EN ÁREAS DE RESERVA FORESTAL DE LA LEY 2ª DE 1959 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES» | Juan Pablo Salazar Rivera | «POR MEDIO DE LA CUAL SE HABILITA LA ADJUDICACIÓN DE TIERRAS BALDÍAS EN ÁREAS DE RESERVA FORESTAL DE LA LEY 2ª DE 1959 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES» | Propone habilitar la adjudicación en reservas forestales de ley 2 de 1959 mediante «títulos verdes» sin sustracción. La adjudicación sería a campesinos con derecho a tierra, que acrediten ocupación antes de la firma del acuerdo final de paz. Los usos serían el desarrollo de actividades de economía campesina (producción, transformación, distribución, comercialización de bienes y servicios agrícolas, pecuarios, pesqueros, acuícolas y silvícolas) como parte de la economía forestal. | https://drive.google.com/file/d/1SEA8gWgrnlsn5BoxqvRrbKO_Twgt8knN/view?usp=drive_link |
| PL 339 de 2024 Cámara “POR LA CUAL SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE BOSQUES NATIVOS, PLANTACIONES FORESTALES Y AGROFORESTALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”. | Andrés Felipe Jimenez | “La presente ley tiene por objeto promover el desarrollo del sector forestal, la forestería y los sistemas agroforestales, prevenir la deforestación y establecer el Régimen Forestal Nacional, conformado por un conjunto coherente de normas legales y coordinaciones institucionales | Redelimita las reservas forestal de la ley 2, sustrayendo las zonificadas como tipo B y C. Permite la adjudicación en lo que queda reservado, para campesinos, campesinas, trabajadores y trabajadoras con vocación agraria poseedores de tierra, sin tierra o con tierra insuficiente, que hayan ocupado durante más de cinco años. Ajusta el arreglo institucional dejando en ambiente la preservación y llevando a Agricultura el uso y producción forestal. Ley general forestal. | https://docs.google.com/document/d/1FyM3mDSxDOwQp1CLRHjCkNiZCuhjW8n3/edit?usp=drive_link&ouid=104484717916510467951&rtpof=true&sd=true |
| PL 270 de 2025 Cámara «Por medio de la cual se habilita la adjudicación de baldíos ubicados al interior de áreas de reservas forestales establecidas en la Ley 2º de 1959 sin que sea necesaria su sustracción de la figura de reserva, estableciendo una excepción transitoria al artículo 209 del decreto ley 2811 de 1974 y se dictan otras disposiciones» | Iván Cepeda Castro | Habilitar la adjudicación de baldíos ubicados dentro de las Áreas de Reserva Forestal (Ley 2ª de 1959) sin necesidad de sustraerlas de la figura de reserva, estableciendo una excepción transitoria a la prohibición del Artículo 209 del Decreto Ley 2811 de 1974. | Habilita la adjudicación a través de una excepción transitoria a la prohibición del Código de Recursos. Esta adjudicación sería sin sustracción a población campesina sujeto de reforma agraria, para regularizar la ocupación superior a cinco años para el desarrollo de proyectos, que incluyan y armonicen, actividades productivas asociadas al manejo forestal sostenible y al fortalecimiento de la economía campesina a través de prácticas forestales, silvopastoriles, agroecológica y aquellas que impliquen usos no agropecuarios. | https://drive.google.com/file/d/1ErQmc4NIDKxayjSetqvAoaq-2m-vKHXS/view?usp=drive_link |
| PL 338 de 2024 Cámara «Por medio de la cual se redelimita la reserva forestal establecida por la ley 2 de 1959 y se dictan otras disposiciones» | Oscar Villimizar | Redelimitar las reservas forestales establecidas por la ley 2da de 1959 sustrayendo definitivamente las áreas clasificadas por el Ministerio de Ambiente como figuras de zonificación y ordenamiento tipo b y c | Redelimita las reservas forestales de lye 2, sustrayendo de manera inmediata, las zonas tipo B y C, así como los territorios colectivos y zonas de reserva campesina. En lo que queda reservado se permite la adjudicación, titulación y el derecho de uso, buscando favorecer, actividades productivas forestales, agroforestales y silvopastoriles, con un proyecto productivo que las incorpore y que de ser necesario plantee reconversión gradual. La población beneficiara es la misma que la definida en los proyectos anteriores. Plantea sustracción para minería, con silencio administrativo positivo en caso de que la autoridad administrativa no resuelva la solicitud en el término de un año. | https://drive.google.com/file/d/1E6XMp9Da0CEu1EcDEnQyzQt_Ogi25smo/view?usp=drive_link |
Sesión Comisión Accidental de Bosques y Cambio Climático del Congreso de la República – sesión 7 de noviembre de 2025: participaciones por FEDEMADERAS:
- César Polanco Tapia – Miembro Junta Directiva Nacional
- Juan Miguel Vásquez – Director Ejecutivo Nacional
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